MTOP emite protocolos para ingreso de personas y vehículos en los CEBAF y CENAF

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como entidad responsable de la administración de los centros Binacional de Atención Fronteriza (CEBAF) y Nacionales Fronterizos (CENAF),  informa el procedimiento para coordinar el ingreso de personas y vehículos al Ecuador por vía terrestre y los protocolos de cada institución frente al coronavirus (COVID 19).

Con la finalidad de dar estricto cumplimiento a las disposiciones emitidas ante la Declaratoria de Emergencia Sanitaria por el COVID-19, mediante Resolución Nro. MTOP-DVGT-2020-0001-R, de 15 de marzo de 2020, esta Cartera de Estado resolvió:

• El procedimiento aplicará para todas las entidades que prestan servicios públicos dentro de los CEBAF y CENAF, indiferentemente de los procedimientos internos que cada entidad cumple en su operación regular.

OPERATIVIDAD EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN EN FRONTERA

• Todas las entidades que operan dentro de los Centros de Atención en Frontera deberán mantener la alerta de emergencia sanitaria ante el COVID-19 y cumplir los lineamientos del Ministerio de Salud Pública (MSP) con la finalidad de evitar la propagación del virus.

• El primer filtro de control será el MSP; entidad que realizará el tamizaje a todas las personas que crucen por los pasos de frontera observando los parámetros, lineamientos y protocolos establecidos por la Autoridad Sanitaria y la OMS. Se realizará el proceso de desinfección cada 3 horas, en las áreas de los Centros de Atención en Frontera que tengan mayor afluencia de personas.

• Los funcionarios del MSP llenarán la “Declaración de Salud del Viajero” (Anexo 1) por persona, documento que será contabilizado y custodiado por el MSP y reportado al Administrador de los Centros de Atención Fronteriza (Funcionario de MTOP), tres veces al día en los siguientes horarios establecidos por cada Centro:

CENTROS DE ATENCIÓN EN FRONTERA HORARIO DE ATENCIÓN DEL CEBAF – CENAF HORARIO DE ATENCIÓN DEL MSP
CENAF RUMICHACA 24 / 7 06h00 a 14h00
14h00 a 22h00
22h00 a 06h00
CEBAF SAN MIGUEL 6h00 – 18h00 UNA SOLA JORNADA
CEBAF HUAQUILLAS 24 / 7 06h00 a 14h00
14h00 a 22h00
22h00 a 06h00
CEBAF MACARÁ (PMU) 24 / 7 06h00 a 14h00
14h00 a 22h00 22h00 a 6h00

• Las demás Entidades mantendrán su operación normal, y darán cumplimiento a los lineamientos del MSP, información que deberá ser remitida al Administrador del Centro de Atención en Frontera de manera obligatoria.

DEL CONTROL DE PERSONAS QUE CRUCEN LA FRONTERA POR SUS PROPIOS MEDIOS

• Todos los ciudadanos ecuatorianos y extranjeros residentes en nuestro país, que crucen por los pasos de frontera por sus medios propios, deberán someterse a los controles obligatorios del MSP, y cumplir el Aislamiento Prevenido Obligatorio (APO), según lo dispuesto en Acuerdo Interministerial 0001 y 0004). No podrán movilizarse entre provincias de acuerdo a la prohibición y restricción de movilidad dispuesta en el Decreto Ejecutivo 1017 de 16 de marzo de 2020

DEL CONTROL AL TRANSPORTE DE CARGA INTERNACIONAL Y LIBRE TRÁNSITO FRONTERIZO

• Para mantener las relaciones comerciales de Ecuador con Colombia y Perú, el transporte de carga internacional podrá cruzar la frontera siempre y cuando cumpla los documentos habilitantes (determinados en la normativa legal vigente e instrumentos internacionales)

• Los conductores de nacionalidad ecuatoriana o extranjera que ingresen por los accesos fronterizos deberán someterse a los controles obligatorios por parte del MSP, sin que tengan que cumplir el APO (Aislamiento Prevenido Obligatorio).

• Para los vehiculos de carga livianma y pesada, os autotanques, tanqueros y similares que circulen entre fronteras, deberán portar las autorizaciones correspondientes que establezca la normativa ecuatoriana, especialmente la guía de remisión donde se indique el país de origen y destino, el cual constituirá salvoconducto suficiente para su circulación dentro del país. Esta condición está sujeta a las resoluciones del COE.

REPORTE DE ACTIVIDADES DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS QUE OPERAN EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN EN FRONTERA

El reporte diario de gestión de cada entidad debe ser remitido diariamente hasta las 09:00 al Administrado del CENAF o CEBAF; y, deberá contener la información a día caído, considerando lo siguiente:

  • Flujo migratorio
  • Vehículos que pasan por frontera
  • Cantidad de formularios llenos de “Declaración de Salud del Viajero” por Centro.

La información proporcionada por cada Entidad será reportada en las mesas del Centro de Operaciones de Emergencia (COE).